Los requisitos para el cumplimiento de los principios generales de la gestión integrada de plagas.
- Asesoramiento para la aplicación de la Directiva 2009/128/CE que establece el uso sostenible de los plaguicidas mediante la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos, como las alternativas no químicas a los plaguicidas.
- Asesoramiento para la utilización adecuada de los productos fitosanitarios que incluye la aplicación de los principios de buenas prácticas fitosanitarias y el cumplimiento de las condiciones establecidas de acuerdo con el artículo 31 y especificadas en la etiqueta, como son: la dosis máxima por hectárea en cada aplicación, el período entre la última aplicación y la cosecha, el número máximo de aplicaciones por año, la obligación de informar, antes de utilizar el producto, a aquellos vecinos que puedan estar expuestos a la deriva de la pulverización y que hayan solicitado ser informados, indicaciones para una utilización adecuada de conformidad con los principios de la gestión integrada de plagas mencionada en el artículo 14 y en el anexo III de la Directiva 2009/128/CE.